La IAD sólo requiere la participación médica de una de las mujeres de la pareja, por lo que la otra no interviene en el tratamiento en sí. Sin embargo, a efectos legales, si ambas quieren ser futuras progenitoras del bebé, deberán firmar siempre las dos el consentimiento informado.
Por supuesto, si ese no es su deseo, sólo se requerirá la firma de la mujer que realiza el tratamiento.
Puedes leer el artículo completo en: ¿Cuáles son los requisitos para la inseminación artificial intrauterina? ( 1933).
![Dra. Elena Santiago Romero](https://www.reproduccionasistida.org/wp-content/uploads/2020/09/Elena-Santiago-romero-ra-122x122.jpg)
Dra. Elena Santiago Romero
Licenciada en Medicina y Cirugía por la Universidad Autónoma de Madrid. Cuenta con un Máster en Reproducción Humana por la Universidad Rey Juan Carlos e IVI. Con varios años de experiencia como ginecóloga especialista en reproducción asistida.
Número de colegiado: 282864218