La Ley de Reproducción Asistida española 14/2006 establece en su artículo 10 lo siguiente:
El contrato de gestación subrogada entre la gestante y los padres de intención es nulo y la maternidad será adjudicada por el parto.
Por tanto, no es posible recurrir a la subrogación en España ya que la maternidad sería asignada a la mujer que da a luz al bebé.
Puedes leer el artículo completo en: Turismo reproductivo para conseguir el embarazo ( 107).
Zaira Salvador
Licenciada en Biotecnología por la Universidad Politécnica de Valencia (UPV), Biotechnology degree en la National University of Ireland en Galway (NUIG) y embrióloga con el Máster en Biotecnología de la Reproducción Humana por la Universidad de Valencia en colaboración con el Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI).
Número de colegiada: 3185-CV